Tras llevarlo a cabo como experiencia piloto en Galicia durante el pasado verano, la Dirección General de Tráfico –DGT– ha decido modificar los márgenes de error que actualmente se aplicaban sobre sus radares –técnicamente cinemómetros–, lo que por el momento ha generado un incremento notable de la cifra de multas por velocidad ante el desconocimiento de la ciudadanía.

En concreto, desaparece el margen de 'confianza' por posible error de los aparatos de medición, que establecía un límite real de velocidad entre un 10 y un 20% superior a lo que marcaba la vía en concreto. La cuantía concreta de este margen era decidido de forma independiente por cada provincia, lo que generaba cierta arbitrariedad desde el punto de vista de la administración.

En carreteras limitadas por debajo de 100 kilómetros/hora se aplica un margen de error de 7 km/h, por encima de esa cifra hay que calcular mentalmente el 7%

Desde hace unos días se ha pasado a aplicar la denominada regla del siete, en función de la cual se pone en vigor un margen del 7% para toda España. De esta forma por debajo de 100 kilómetros/hora se aplican 7 kilómetros de 'cortesía', mientras que si circulamos por encima de esa velocidad deberemos calcular ese tanto por ciento para saber la velocidad real a la que vamos a ser multados.

Así, en una zona limitada a 120 kilómetros/hora podremos llegar hasta los 128 kilómetros/hora sin mayores problemas. Pese a este cambio, lo que no varía es que si somos multados por exceso de velocidad se calculará el importe que tendremos que pagar desde el primer kilómetro en que hemos excedido el límite legal establecido, independientemente del nuevo margen de seguridad.