El objetivo de un taller de coches es ofrecer todos los servicios de reparación y mantenimiento necesarios para tener tu automóvil en perfecto estado, pero ¿están obligados a coger todos? ¿cuándo pueden rechazarlo?

Para aclararnos estas dudas el blog de Loctite Ruta 401 relata en un artículo en que situaciones puede un taller rechazar un vehículo.

En primer lugar hay que señalar que las obligaciones que tiene un taller con respecto a sus clientes están recogidas en el Real Decreto 1457/1986 del 10 de enero, el cual establece los requisitos por los que se regula la prestación de servicios en los talleres mecánicos. Entre ellos figuran la correcta identificación del vehículo, la realización de presupuestos y resguardos, o la duración de la garantía.

El taller puede recurrir al "Reservado el derecho de admisión".

Los supuestos en los que el taller puede rechazar la recepción de un vehículo son, básicamente, tres, pero desde Loctite Ruta 401 añaden una cuarta razón:

1.- El taller no está destinado a realizar la actividad que demanda el cliente: Hay diferentes tipos de establecimientos, electricidad, mecánica, reparación de chapa o pintura. Un taller especializado en una de estas materias no está obligado a cubrir las de otro tipo. Para saber ante que tipo de centro estamos es necesario que exista una placa identificativa en la fachada.

2.- No trabaja con vehículos de tu marca: Hay concesionarios oficiales que solo atienden a vehículos de su marca por lo que no están obligados a atender los de otras.

3.- Se solicita una reparación fuera de horario o de lugar: Solo están obligados a aceptar aquellos cuya reparación se solicite dentro del horario de apertura indicado y dentro de las instalaciones. Por ello no se puede acudir fuera del horario de recogida y pretender que nos atiendan.

4.- Reservado el derecho de admisión: Debe haber un cartel visible donde se indiquen las causas razonables, objetivas y probadas que impidan prestar el servicio solicitado.